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Retrasar la Recuperación

Pregunta:

¿Cuál es el reglamento con relación al retraso en la recuperación de los días no ayunados durante el mes de Ramadán, si los aplaza hasta después del siguiente mes de Ramadán?

Respuesta:

 Aquella persona que no haya ayunado algunos días del mes de Ramadán, por un motivo razonable; como la menstruación; la enfermedad, o estar viajando, debe recuperar estos días, ayunándolos antes de la llegada del siguiente mes de Ramadán. Teniendo en cuenta que entre los dos meses de Ramadán Allah nos a concedido tiempo suficiente para recuperar los días no ayunados.

Pero aquella persona que atrasa la recuperación de los días no ayunados, hasta después del siguiente mes de Ramadán debe –además de ayunar para recuperar dichos días- dar de comer a un pobre por cada día atrasado, según la opinión de algunos compañeros del Profeta Muhammad (la paz y las bendiciones de Allah sean con él). La comida de la expiación consta de lo que habitualmente se come en cada país. La cantidad equivalente a medio Sâ’a, por cada día que haya atrasado su recuperación.

Pero si la persona recupera sus días no ayunados antes de la llegada del siguiente mes de Ramadán, en este caso no es obligatorio dar de comer a los pobres. Es suficiente el hecho de haber recuperado sus días de Ramadán no ayunados.

Veredictos islámicos relacionados con la Mujer – Fatawa al mar’a Sheij Ibn Baaz

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